Micelio

decreto 520 de 1990

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades contenidas en el numeral 5° del artículo 120 de la Constitución Nacional y artículos 29 y 30 del Decreto número 1950 de 1973

Artículo 1Acláranse Los Artículos 1° Y 2° Del Decreto Número 309 Del 1° De Febrero De 1990, En El Sentido Que El Cargo De Jefe De Sección, Código 2075, Grado 08 De La Sección De Prestaciones Sociales Depende De La División Laboral, Dirección De Relaciones Industriales De La Secretaría General Y No De La División De Personal De La Misma Dirección Y Secretaría

° Acláranse los artículos 1° y 2° del Decreto número 309 del 1° de febrero de 1990, en el sentido que el cargo de Jefe de Sección, Código 2075, Grado 08 de la Sección de Prestaciones Sociales depende de la División Laboral, Dirección de Relaciones Industriales de la Secretaría General y no de la División de Personal de la misma Dirección y Secretaría.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades contenidas en el numeral 5° del artículo 120 de la Constitución Nacional y artículos 29 y 30 del Decreto número 1950 de 1973
La Ministra de Obras Públicas y Transporte