Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Inversión
° Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de Inversión . MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 598 Fondo Nacional Hospitalario. Programa 603 . Construcción de centros y puestos de salud en zonas rurales. Inversión indirecta . Recursos ordinarios. Construcción de centros y puestos de salud en los Departamentos y Territorios Nacionales. 589 352 Artículo 6064. Departamento del Cauca $ 1.000.000 Proyecto 1. Ovejas: Centro de Salud $ 1.000.000 Suma el contracrédito $ 1.000.000
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata
° Con base en el recurso de que trata., el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de Inversión . MINISTERIO DE SALUD PUBLICA : CAPITULO 598 Fondo Nacional Hospitalario. Programa. 603. Construcción de centros y puestos de salud en zonas rurales. Inversión indirecta . Recursos ordinarios. Construcción de centros y puestos de salud en los Departamentos y Territorios Nacionales. 589 352. Artículo 6064. Departamento del Cauca $ 1.000.000 Proyecto 5. Pueblo Nuevo Caldono. Puesto de Salud $ 1.000.000 Suma el crédito adicional $ 1.000.000
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.