en uso de sus facultades legales
Artículo 1Con Efectividad Al 1º De Marzo De 1976, Incorpórase A La Planta De Personal Del Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, En Cargos Creados Per Decreto Número 1635 De 2 De Agosto De 1976, A Las Siguientes Personas: Despacho Del Viceministro Denominación Del Empleo Clase Grado Sueldo Basico Nombre De Las Personas Viceministro 38 18
º Con efectividad al 1º de marzo de 1976, incorpórase a la Planta de Personal del Gabinete del Ministro de Hacienda y Crédito Público, en cargos creados per Decreto número 1635 de 2 de agosto de 1976, a las siguientes personas: Despacho del Viceministro Denominación del empleo Clase Grado Sueldo Basico Nombre de las personas Viceministro 38 18.000.00 Joaquin Bohorquez Barona Oficina Juridica Jefe de Oficina VIII 33 15.000.00 Vicente Rojas Pacheco Consejo Nacional de Politica Aduanera Secretario General I 33 15.000.00 Jorge Enrique Vacca Garcia
Artículo 2Con Efectividad Al 31 De Mayo De 1976, Incorpórase Al Doctor Jorge Eduardo Cock Londoño, En El Cargo De Secretario General Iii, Grado 37, Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con Una Asignación Mensual De $ 17
º Con efectividad al 31 de mayo de 1976, incorpórase al doctor Jorge Eduardo Cock Londoño, en el cargo de Secretario General III, Grado 37, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con una asignación mensual de $ 17.400.00, creado por Decreto número 1635 de 2 de agosto de 1976.
Artículo 3Nómbrase Con Carácter Provisional Al Doctor Luis Hernando Rodríguez Rodríguez, Identificado Con Cédula De Ciudadanía Número 19055523 Expedida En Bogotá, En El Cargo De Profesional Especializado Iii, Grado 29, De La Oficina De Planeación Y Análisis Económicos Y Fiscales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con Una Asignación Mensual De $ 12
º Nómbrase con carácter provisional al doctor Luis Hernando Rodríguez Rodríguez, identificado con cédula de ciudadanía número 19055523 expedida en Bogotá, en el cargo de Profesional Especializado III, Grado 29, de la Oficina de Planeación y Análisis Económicos y Fiscales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con una asignación mensual de $ 12.600.00, creado por Decreto número 1635 de 2 de agosto de 1976.
Artículo 4El Anterior Nombramiento No Podrá Exceder De Cuatro (4) Meses Contados A Partir De La Fecha De La Posesión; Si Vencido Este Término El Empleo No Ha Sido Provisto Mediante Concurso, El Nombrado Cesará En Sus Funciones
º El anterior nombramiento no podrá exceder de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de la posesión; si vencido este término el empleo no ha sido provisto mediante concurso, el nombrado cesará en sus funciones.
Artículo 5Los Funcionarios Incorporados Por El Presente Decreto No Se Entenderán Desvinculados Del Servicio Para Ningún Efecto Legal
º Los funcionarios incorporados por el presente Decreto no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto legal.
Artículo 6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y cúmplase.