Micelio

decreto 143 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1º de la Ley 60 de 1990

Artículo 1O

ARTICULO 1o. Establécese la nomenclatura de empleos para los empleados públicos de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., de que trata este Decreto: Denominación Grado Vicepresidente 04 03 Secretario Genera 04 03 Asesor de Gerencia 02 01 Jefe de División 02 01

Artículo 2O

ARTICULO 2o. A partir del 1º de enero de 1991, la escala de remuneración para las distintas denominaciones de empleos de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., será la siguiente: GRADO ASIGNACION BASICA 01 600.000 02 640.000 03 900.000 04 960.000

Artículo 3O

ARTICULO 3o . En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración, la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.

Artículo 4O

ARTICULO 4 o. La remuneración del Presidente de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., se fijará de acuerdo con los parámetros y porcentajes que se establezcan para los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta, sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional, directas e indirectas.

Artículo 5O

ARTICULO 5o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1991.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1º de la Ley 60 de 1990
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil