Micelio

decreto 969 de 1959

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Créanse Los Siguientes Cargos En El Ministerio De Comunicaciones: Departamento De Giros

°. Créanse los siguientes cargos en el Ministerio de Comunicaciones: Departamento de Giros. Zona número 1 - Bogotá. 1 Visitador General de las Zonas de Giros $ 720.00 1 Oficial de Inventarios 420.00 1 Ayudante del Subalmacén de Especies Postales 360.00 Zona número 6 - Medellín. 1 Ayudante 1° de Contabilidad 350.00 Zona número 2 - Barranquilla. 1 Ayudante 1° de Contabilidad 350.00 1 Mensajero 260.00 Zona número 5 - Manizales. 1 Emisor de Giros 400.00 1 Mensajero 260.00 Zona número 3 - Bucaramanga. 1 Oficial de Canje 360.00 Zona número 4 - Cali. 1 Oficial de Canje 360.00 1 Jefe de Expendio de Especies Postales 350.00 2 Expendedores de Especies, a $300.00 cada uno 600.00 1 Oficial de Información 320.00 1 Mensajero 260.00 Departamento de Correos. Administración Principal. Bogotá, D. E. 1 Clasificador de Recomendados $ 330.00 1 Visitador de Oficinas de Barrios. 400.00 2 Ayudantes de Camioneta, a $260.00 cada uno $ 520.00 2 Carteros de 2ª, a $240.00 cada uno 480.00 Departamento Internacional, Bogotá, D. E. 1 Auxiliar de Radicación de Encomiendas 350.00 Administración de Correos de Chapinero - Bogotá D. E. 5 Carteros de 2ª, a $240.00 cada uno 1.200.00 Administración Principal de Correos de Medellín. 10 Carteros de 2ª, a $220.00 cada uno 2.200.00 Agencia Postal - Barranquilla. 2 Carteros para Extrarrápido, a $240.00 cada uno 480.00 Agencia Postal - Cartagena. 3 Carteros, a $200.00 cada uno. 600.00 Administración de Correos, Magangué (Bolívar). 1 Cartero 120.00 Administración Principal de Correos - Tunja. 1 Cartero de 2ª 180.00 1 Aseadora 120.00 Administración de Correos de Pereira (Caldas). 2 Carteros, a $150.00 cada uno. 300.00 Administración de Correos. Santander (CC.). 1 Auxiliar de Correos 250.00 Administración Principal de Correos - Montería (Córdoba). 1 Cartero 180.00 Administración de Correos. Facatativá (Cundinamarca). 1 Auxiliar de Correos 250.00 Administración Principal de Correos - Quibdó (Chocó). 1 Cartero 200.00 Administración de Correos. El Banco (Magdalena). 1 Cartero $ 120.00 Agencia Postal - Santa Marta. 1 Cartero 200.00 Administración de Correos. Valledupar (Magdalena). 1 Cartero 120.00 Administración Principal de Correos - Cúcuta. 1 Auxiliar de Correos 300.00 1 Cartero para Extrarrápido 180.00 Administración de Correos. Ocaña (Norte de Santander). 1 Cartero 120.00 Agencia Postal - Buenaventura (Valle). 1 Cartero 200.00 Administración de Correos. Buga (Valle). 1 Cartero 150.00 Administración Principal de Correos - Cali (Valle). 5 Carteros de 2ª, a $220.00 cada uno 1.100.00 Administración de Correos Arauca (Arauca). 1 Cartero 150.00 Administración de Correos. Tame (Arauca). 1 Cartero 150.00 __________ Suman $ 16.320.00 __________

Artículo 2El Gasto Que Demande El Cumplimiento Del Presente Decreto, Lo Atenderá El Departamento De Giros Del Ministerio De Comunicaciones, Con Cargo A Los Fondos De Giros Y Del Correo Extrarrápido, De Acuerdo Con Las Autorizaciones Que Le Confieren El Decreto Número 2347 De 1953, Y El Decreto Legislativo Número 165 De 1957

°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, lo atenderá el Departamento de Giros del Ministerio de Comunicaciones, con cargo a los fondos de giros y del Correo Extrarrápido, de acuerdo con las autorizaciones que le confieren el Decreto número 2347 de 1953, y el Decreto legislativo número 165 de 1957.

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comunicaciones