El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades legales y en especial, de las que le confiere el artículo 2.4.1.4.2. del Decreto 1730 de 1991
Artículo 1Autorízase A La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero Para Que, Mediante Reglamentación De Su Junta Directiva, Constituya La Empresa Filial Denominada Sociedad Fiduciaria De Desarrollo Agropecuario S
º Autorízase a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero para que, mediante reglamentación de su Junta Directiva, constituya la empresa filial denominada Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A., Fiduagraria S.A.", cuyo objeto social será la celebración de contratos y la realización de servicios fiduciarios, de conformidad con la ley.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial, de las que le confiere el artículo 2.4.1.4.2. del Decreto 1730 de 1991
El Ministro de Agricultura