El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 12 de la Ley 60 de 1946.
Artículo 1
Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, créase en la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, un cargo de Inspector General, con una asignación de $ 500.00 mensuales. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público