Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973
° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. Presupuesto de Funcionamiento. Contracréditos: CAPITULO 281 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Programa 317 Educación Media. Subprograma 4. Establecimientos de Educación Agropecuaria Servicios personales. 101 - 313 - 103 - Artículo 3163. Sueldos del personal de nómina $ 150.000 Escuelas Vocacionales. Ordinal 13. Valsálice, Fusagasugá, Cundinamarca $ 150.000 Suma el contracrédito $ 150.000 Créditos: Presupuesto de Funcionamiento. CAPITULO 281 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Programa 317. Educación Media. Subprograma 4 .Establecimientos de Educación Agropecuaria. Gastos generales. 106 - 313 - 211 - Artículo 3172. Materiales y suministros $ 50.000 Escuelas Vocacionales. Ordinal 13. Valsálice, Fusagasugá, Cundinamarca $ 50.000 Programa 327. Aportes para el Desarrollo Regional de la Educación y la Cultura. Subprograma 2. Aportes para el sostenimiento de planteles de Educación Media: 203 - 313 - 413 - Artículo 3394. Departamento de Cundinamarca $ 100.000 Ordinal 521. Fusagasugá: Para, gastos de funcionamiento del economato en el Instituto Técnico Agrícola de Valsálice $ 100.000 Suman los créditos $ 150.000
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.