Micelio

decreto 519 de 1953

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en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario número 3123 de 1952, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Rádium, entidad rectora de la Campaña Anti-Cancerosa Nacional funciona actualmente como una dependencia del Ministerio de Higiene

Considerando · 3 motivos

Que el Instituto Nacional de Rádium, entidad rectora de la Campaña Anti-Cancerosa Nacional funciona actualmente como una dependencia del Ministerio de Higiene;

Que la denominación que lleva este establecimiento no especifica claramente las funciones que tiene, ya que los tratamientos que se hacen con rádium en los casos de cáncer, solamente se refieren al 10%, utilizándose en el 90% restante, medios quirúrgicos, roentgenterapia y elementos radíoactivos;

Que como Entidad Nacional dedicada a la prevención y el tratamiento del cáncer, a la organización, orientación y dirección de la Campaña Anti-Cancerosa Nacional, así como a la investigación y la docencia en lo relacionado con el cáncer, el Instituto Nacional debe estar acorde con las modernas ideas científicas aceptadas universalmente;

Artículo 1

Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto, el Instituto Nacional de Rádium, dependencia del Ministerio de Higiene, se denominará Instituto Nacional de Cancerología.

Artículo 2

Artículo segundo . Quedan derogadas las disposiciones contrarias a lo dispuesto en el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Higiene