Micelio

decreto 136 de 1988

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas en el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978.

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 014 De Julio 8 De 1987, Emanado De La Junta Directiva De La Defensa Civil Colombiana, Cuyo Texto Es El Siguiente: “acuerdo Numero 014 De 1987 (Julio 8) Por El Cual Se Adiciona La Planta De Personal De La Defensa Civil Colombiana

° Apruébase el Acuerdo número 014 de julio 8 de 1987, emanado de la Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 014 DE 1987 (julio 8) por el cual se adiciona la Planta de Personal de la Defensa Civil Colombiana. La Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, en uso de sus facultades legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1° Créanse en la Planta de Personal de la Defensa Civil Colombiana los siguientes cargos: N° de cargos Dependencia y denominación empleo Código Grado Dirección General Sub-Dirección Delegaciones Regionales 1 Coordinador 5005 21 1 Supervisor 5105 12 1 Secretario 5140 06 Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 009 del 13 de mayo de 1987 y para su validez requiere la aprobación del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas en el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil