Micelio

decreto 2939 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 del 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República, y Que es de urgente necesidad la construcción de nuevos pabellones para la ampliación de los servicios que en forma laudable viene prestando el Asilo-Taller "F. D. Roosevelt", para niños inválidos

Considerando · 2 motivos

Que por Decreto número 3518 del 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República, y;

Que es de urgente necesidad la construcción de nuevos pabellones para la ampliación de los servicios que en forma laudable viene prestando el Asilo-Taller "F. D. Roosevelt", para niños inválidos;

Artículo 1

Artículo primero. Auxiliase hasta completar la suma de $ 100.000.00 moneda corriente, al Asilo-Taller "Franklin D. Roosevelt", para niños inválidos, la cual se destinará a la construcción y dotación de nuevos pabellones para la ampliación de sus servicios.

Artículo 2

Artículo segundo. El auxilio a que se refiere el artículo anterior, será entregado al Síndico de esa institución en el año de 1954 próximo venidero, por cuotas mensuales, en la medida que lo vayan exigiendo el adelanto de las obras y los pedidos de dotación, debiendo ser incluido para el efecto, en el Presupuesto de Gastos para esa vigencia.

Artículo 3

Artículo tercero. Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Secretario General, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas