Micelio

decreto 1275 de 1986

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales

Artículo 1º Suprímense Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal De La Dirección General De Tesorería Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Establecida Por Decretos 663 De 1980, 1741 De 1981, 3742 De 1981, 0863 De 1982, 3001 De 1982 Y 2235 De 1985

º Suprímense los siguientes cargos en la Planta de Personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecida por Decretos 663 de 1980, 1741 de 1981, 3742 de 1981, 0863 de 1982, 3001 de 1982 y 2235 de 1985. No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Despacho del Tesorero General División de Contabilidad y Giros Sección de Contabilidad y Valores en Custodia 1 Técnico en Presupuesto 4035 10 Divisiones y Secciones Delegadas de Pagaduría 1 Profesional Universitario 3020 04 2 Técnico en Presupuesto 4035 10 1 Secretario Ejecutivo 5040 11 Sección Delegada de Pagaduría de Bogotá 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 Sección Delegada de Pagaduría de Cali 1 Ayudante de Oficina 5155 07 Sección Delegada de Pagaduría de Florencia 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 Sección Delegada de Pagaduría de Medellín 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 Sección Delegada de Pagaduría de Quibdó 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 Sección Delegada de Pagaduría de Tunja 1 Tesorero 5015 18 1 Técnico Administrativo 4065 09 1 Cajero 5095 10 1 Secretario 5140 08 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 2 Ayudante de Oficina 5155 07

Artículo 2

º . Créanse los siguientes cargos en la Planta de Personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Despacho del Tesorero General División de Contabilidad y Giros Sección de Contabilidad y valores en Custodia 1 Profesional Universitario 3020 04 Divisiones y Secciones Delegadas de Pagaduría 2 Técnico Administrativo 4065 11 1 Asistente Administrativo 4140 10 1 Técnico Administrativo 4065 09 1 Técnico Administrativo 4065 07 Sección Delegada de Pagaduría de Florencia 1 Supervisor 5105 10 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 Sección Delegada de Pagaduría de Montería 1 Ayudante de Oficina 5155 06 Sección Delegada de Pagaduría de Quibdó 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 Sección Delegada de Pagaduría de Riohacha 1 Ayudante de Oficina 5155 06 Sección Delegada de Pagaduría de Santa Marta 1 Ayudante de Oficina 5155 06 Sección Delegada de Pagaduría de Sincelejo 1 Ayudante de Oficina 5155 06 Sección Delegada de Pagaduría de Tunja 1 Tesorero 5015 15 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Cajero 5095 07 Sección Delegada de Pagaduría de Valledupar 1 Ayudante de Oficina 5155 06

Artículo 3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil