Micelio

decreto 134 de 1995

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 74 del Decreto Extraordinario 1042 de 1978

Artículo 1Aprobar El Acuerdo 032 Del 29 De Diciembre De 1994, Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Para La Seguridad Social Y Bienestar De La Policía Nacional, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 032 De 1994 (Diciembre 29) Por El Cual Se Establece La Planta De Personal Del Instituto Para La Seguridad Social Y Bienestar De La Policía Nacional

º. Aprobar el Acuerdo 032 del 29 de diciembre de 1994, emanado de la Junta Directiva del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 032 DE 1994 (diciembre 29) por el cual se establece la planta de Personal del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional. La Junta Directiva del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas por el artículo 12 numeral 4 del Decreto 352 de 1994. ACUERDA: Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, serán desarrolladas por la Planta de Personal que se establece a continuación: Nº de cargos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Director General Establecimiento Público 0015 22 1 (uno) Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 17 5 (cinco) Subdirector General Establecimiento Público 0040 16 1 (uno) Asesor 1020 08 1 (uno) Jefe de Programa 2084 24 4 (cuatro) Jefe de Oficina 2045 24 13 (trece) Jefe de División 2040 19 6 (seis) Director Regional 2035 23 1 (uno) Profesional Especializado 3010 18 6 (seis) Profesional Especializado 3010 16 12 (doce) Profesional Especializado 3010 14 16 (diesciseis) Profesional Especializado 3010 11 18 (dieciocho) Profesional Universitario 3020 09 6 (seis) Profesional Universitario 3020 07 2 (dos) Tecnólogo 4165 15 2 (dos) Tecnólogo 4165 13 4 (cuatro) Técnico Administrativo 4065 11 8 (ocho) Técnico Administrativo 4065 09 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 18 6 (seis) Secretario Ejecutivo 5040 14 10 (diez) Secretario Ejecutivo 5040 12 14 (catorce) Secretario Ejecutivo 5040 11 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 12 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 11 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 06 Artículo segundo. El Director General mediante resolución distribuirá los empleos de la planta global de personal que trata el artículo 1º de conformidad con los objetivos, la estructura interna, los planes y programas que se adopten y las necesidades del servicio. Artículo tercero. La provisión de los cargos establecidos en la presente planta, está supeditada al monto de las apropiaciones presupuestales vigentes. Artículo cuarto. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto por el cual lo apruebe el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 002 del 23 de marzo de 1994. Comuníque se y cúmplase. Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 29 de diciembre de 1994. El Presidente Junta Directiva, Brigadier General Rosso José Serrano Cadena . La Secretaria, Jeannette Ahixa Caicedo de Quintero ».

Artículo 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 859 del 29 de abril de 1994 y demás normas que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 74 del Decreto Extraordinario 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública