Micelio

decreto 98 de 1927

6 artículos · lectura continua

Artículo 1Créase El Cargo De Administrador De La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte, Empleado Que Dependerá Directamente Del Superintendente De La Empresa Y Cuyo Nombramiento Se Hará Por El Ministerio De Obras Públicas De Acuerdo Con El Superintendente

° Créase el cargo de Administrador de la sección segunda del ferrocarril central del Norte, empleado que dependerá directamente del Superintendente de la empresa y cuyo nombramiento se hará por el Ministerio de Obras Públicas de acuerdo con el Superintendente. El Administrador deberá otorgar fianza ante el Superintendente de la empresa por la misma cuantía de la prestada por el último ante la Contraloría, y sus funciones serán determinadas por el Ministerio de acuerdo con la Superintendencia.

Artículo 2Los Cargos De Secretario Y De Revisor De La Empresa Se Refunden En Uno Solo, Cuyas Funciones Serán Determinadas Por El Superintendente

° Los cargos de Secretario y de Revisor de la empresa se refunden en uno solo, cuyas funciones serán determinadas por el Superintendente.

Artículo 3Desde La Fecha Del Traslado De Las Oficinas De La Superintendencia A Chiquinquirá; Los Empleados Superiores De La Empresa Devengarán Las Asignaciones Mensuales Siguientes: El Superintendente $ 600 El Administrador 300 El Cajero 250 El Secretario Revisor 250 El Jefe De Talleres 200 El Contador 170 El Contador De Almacén 160 El Abogado 250 El Jefe De Estadística 200 Los Empleados No Mencionados En El Presente Decreto, Continuarán Con Las Mismas Asignaciones Actuales

° Desde la fecha del traslado de las oficinas de la Superintendencia a Chiquinquirá; los empleados superiores de la empresa devengarán las asignaciones mensuales siguientes: El Superintendente $ 600 El Administrador 300 El Cajero 250 El Secretario Revisor 250 El Jefe de talleres 200 El Contador 170 El Contador de Almacén 160 El Abogado 250 El Jefe de Estadística 200 Los empleados no mencionados en el presente Decreto, continuarán con las mismas asignaciones actuales.

Artículo 4Autorízase A La Superintendencia De La Empresa Para Hacer En El Personal De Ingenieros Y Dentro De Las Mismas Categorías Los Traslados Que Estime Convenientes Para La Buena Marcha De Los Trabajos

° Autorízase a la Superintendencia de la empresa para hacer en el personal de Ingenieros y dentro de las mismas categorías los traslados que estime convenientes para la buena marcha de los trabajos. Para este efecto, establécense para los Ingenieros del ferrocarril las categorías y sueldos que en seguida se expresan: Un Ingeniero Jefe de construcción, con $ 550 mensuales Un Ingeniero Jefe de trazado, con 550 - Dos Ingenieros Jefes de Comisiones de trazado, cada uno con 350 - Cuatro Ingenieros primeros Ayudantes, cada uno con 300 - Cuatro Ingenieros segundos Ayudantes, cada uno con 250 - Un Topógrafo, con 200 - Un Dibujante de las Comisiones de trazado, con 180 -

Artículo 5Para Desempeñar, Los Cargos Mencionados, Hácense Los Siguientes Nombramientos: Ingeniero Jefe De Construcción, Julián Villaveces

° Para desempeñar, los cargos mencionados, hácense los siguientes nombramientos: Ingeniero Jefe de construcción, Julián Villaveces. Ingeniero Jefe de trazado, Enrique Garcés. Ingenieros Jefes de Comisiones de trazado, señores Luis Scarpetta y Gustavo Téllez. Ingenieros primeros Ayudantes, señores Jorge Quiñones Neira, Diego Páez Rueda, Darío Rivera y Rito Antonio Martínez. Ingenieros segundos Ayudantes, señores Efraím Girardot, Julio R. Sandoval, Hernando Espinosa y Manuel Cuéllar. Topógrafo, Carlos Cerón. Dibujante, Luis, Euclides Vargas.

Artículo 6Derógase La Resolución Número 60, De 1925, Del Ministerio De Obras Públicas

° Derógase la Resolución número 60, de 1925, del Ministerio de Obras Públicas. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas