Micelio

decreto 2593 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, CONSIDERANDO: Que el Administrador del Terminal de Barranquilla ha comprobado la necesidad de nombrar dos Pilotos más para que atiendan a los barcos que entran y salen por Bocas de Ceniza. Que hace cuatro años vienen practicando dos Aprendices de Pilotos, que han sido pagados por jornal y están suficientemente capacitados para ejercer las funciones de Pilotos

Considerando · 2 motivos

Que el Administrador del Terminal de Barranquilla ha comprobado la necesidad de nombrar dos Pilotos más para que atiendan a los barcos que entran y salen por Bocas de Ceniza.

Que hace cuatro años vienen practicando dos Aprendices de Pilotos, que han sido pagados por jornal y están suficientemente capacitados para ejercer las funciones de Pilotos;

Artículo 1

Artículo único. Créanse dos cargos de Pilotos para el Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla, cada uno con sueldo de $ 333.50, valor que se cubrirá con la partida designada a gastos de administración y explotación de ese Terminal. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas