DecretoVigente
Decreto 653 de 2014
por medio del cual se modifican parcialmente los plazos establecidos en el artículo 1° del Decreto número 1389 de 2013.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificar Parcialmente El Artículo 1° Del Decreto Número 1389 De 2013 En El Sentido De Prorrogar Los Plazos Establecidos Para El Traslado De La Función Pensional De La Empresa Nacional De Comunicaciones (Telecom), La Empresa De Telecomunicaciones Del Tolima (Teletolima), La Empresa De Telecomunicaciones Del Huila (Telehuila), La Empresa De Telecomunicaciones De Nariño (Telenariño), La Empresa De Telecomunicaciones De Cartagena (Telecartagena), La Empresa De Telecomunicaciones De Santa Marta (Telesantamarta), La Empresa De Telecomunicaciones De Armenia (Telearmenia), La Empresa De Telecomunicaciones De Calarcá (Telecalarcá) Y La Caja De Previsión Social De Comunicaciones (Caprecom) En Calidad De Empleador A La Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social – Unidad De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales, Hasta El 31 De Julio 20142Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
- Andrés Restrepo MontoyaEl Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Alejandro Gaviria UribeEl Ministro de Salud y Protección Social
- Rafael Pardo RuedaEl Ministro del Trabajo
- Elizabeth Rodriguez TaylorLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública