Artículo 1
La partida apropiada en el Capítulo 91, artículo 1149 de-la-Ley de. Apropiaciones, vigente, para, útiles de escritorio y demás gastos de las academias e institutos de investigación científica y artística, se distribuyen así:
Artículo 1149De-La-Ley De
Artículo único. La partida apropiada en el Capítulo 91, artículo 1149 de-la-Ley de. Apropiaciones, vigente, para, útiles de escritorio y demás gastos de las academias e institutos de investigación científica y artística, se distribuyen así: Academia Colombiana de Jurisprudencia $ 2.000.00 Academia Nacional de Medicina 2.000.00 Academia Colombiana: de la Lengua 2.000.00 Academia Nacional de Historia 2.000.00 Academia de Ciencias Exactas, Físicas, y Naturales 2.000.00 Sociedad Geográfica de Colombia 2.000.00 $ 12.000.00 Comuníquese