Micelio

decreto 3611 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo unico. Suprímense los siguientes cargos en la Zona de Edificios Nacionales de Bolívar: A partir del 1° de noviembre del presente año, el cargo de Ingeniero de Construcción del Edificio de Correos y Telégrafos de Magangué y la Escuela Normal de Sincelejo. A partir del 15 de noviembre, el cargo de Oficial de Estadística y Correspondencia de la Zona. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas