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decreto 1759 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República, y Que las conveniencias de orden público económico aconsejan facultar al Banco de la República para adquirir y poseer Bonos de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A., sin las limitaciones vigentes en los cupos ordinarios del Banco para realizar aquella clase de

Considerando · 2 motivos

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República, y;

Que las conveniencias de orden público económico aconsejan facultar al Banco de la República para adquirir y poseer Bonos de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A., sin las limitaciones vigentes en los cupos ordinarios del Banco para realizar aquella clase de operaciones e inversiones;

Artículo 1º

º. El Banco de la República, dentro de un cupo especial equivalente al capital pagado y reserva legal del mismo, podrá adquirir y poseer "Bonos de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A.", emitidos en conformidad con el artículo 7º del Decreto 4051 de 1949, y demás disposiciones concordantes.

Artículo 2º

º. Quedan suspendidas todas las disposiciones legales contrarias a las del presente decreto.

Artículo 3º

º. Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
El Ministro de Gobierno, encargado de la Cartera de Guerra
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas