en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
Artículo 1º
ARTICULO 1 º. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Francia, el cargo de Primer Secretario, Grado ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de cuatro mil doscientos cuarenta y siete dólares con 03/100 (US$4.247.03), actualmente ocupado por el doctor Alberto Díaz Uribe.
Artículo 2º
ARTICULO 2 º. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Francia un cargo de Tercer Secretario, Grado ocupacional 1 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ciento noventa dólares con 15/100 (US$3.190.15) y nómbrase provisionalmente para desempeñarlo a la doctora Lucy Páez Serrano.
Artículo 3º
ARTICULO 3 º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4º
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de febrero de 1994.