Micelio

decreto 517 de 1963

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en particular de aquellas que le confiere el artículo 209 de la Constitución Nacional.

Artículo 1Suprímese De La Planta De Personal De La División De Aduanas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Los Siguientes Cargos Actualmente Vacantes; Administración De La Aduana De Barranquilla Subadministración Clase De Empleo Grado Ocupacional 2 Mensajeros I 2 Secretaría General 1 Mecanotaquígrafa I 4 1 Oficinista I 3 Sección De Comprobación 2 Oficinistas Iii 5 1 Mecanógrafa Ii 4 Sección De Liquidación 1 Mecanógrafa Ii 1 Sección De Almacenes 3 Estibadores 3 Sección De Exportación Y Cabotaje 1 Oficinista Iii 5 Administración De La Aduana De Buenaventura Subadministracion 1 Mensajero I 2 Secretaria General 1 Mecanotaquígrafa I 4 Sección De Reconocimiento Y Aforo 1 Estibador 3 Sección De Almacenes 1 Mecanógrafa I 4 1 Oficinista 11 4 3 Estibadores 3 Administración De La Aduana De Cartagena Sección De Almacenes 1 Estibado Iii Subdivisión Del Resguardo Nacional Cuerpo Del Resguardo Nacional Personal Auxiliar 7 Prácticos De Navegación Iii 5 20 Prácticos De Navegación I 3

º Suprímese de la planta de personal de la División de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los siguientes cargos actualmente vacantes; Administración de la Aduana de Barranquilla Subadministración Clase de empleo Grado ocupacional 2 Mensajeros I 2 Secretaría General 1 Mecanotaquígrafa I 4 1 Oficinista I 3 Sección de Comprobación 2 Oficinistas III 5 1 Mecanógrafa II 4 Sección de Liquidación 1 Mecanógrafa II 1 Sección de Almacenes 3 Estibadores 3 Sección de Exportación y Cabotaje 1 Oficinista III 5 Administración de la Aduana de Buenaventura Subadministracion 1 Mensajero I 2 Secretaria General 1 Mecanotaquígrafa I 4 Sección de reconocimiento y aforo 1 Estibador 3 Sección de Almacenes 1 Mecanógrafa I 4 1 Oficinista 11 4 3 Estibadores 3 Administración de la Aduana de Cartagena Sección de Almacenes 1 Estibado III Subdivisión del Resguardo Nacional Cuerpo del Resguardo Nacional Personal Auxiliar 7 Prácticos de Navegación III 5 20 Prácticos de Navegación I 3

Artículo 2En Los Casos En Los Cuales Los Cargos Suprimidos Tengan Adscritas Funciones Específicas, Dichas Funciones Serán Ejercidas Por El Inmediato Superior

º En los casos en los cuales los cargos suprimidos tengan adscritas funciones específicas, dichas funciones serán ejercidas por el inmediato superior.

Artículo 3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República