Micelio

decreto 2935 de 1956

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que en cumplimiento de las disposiciones de las Leyes 89 de 1935 y 126 de 1936, y por conducto del Ministerio de Agricultura, la Nación adquirió con destino al establecimiento del Internado Agrícola de Felipe Pérez, la finca denominada "San José", en la vereda del Volcán, en jurisdicción del Municipio de Paipa, con cabida de 61 fanegadas, según la alinderación que consta en la escritura número 678 de 26 de abril de 1937, de la Notaría Tercera de Bogotá.

Que la Gobernación del Departamento de Boyacá ha solicitado del Gobierno traspase al Departamento la propiedad de la finca de "San José", en atención a que desde el año de 1936 el Departamento atiende al Internado Agrícola allí establecido, y ha incorporado al terreno mejoras de consideración;

Artículo 1

Artículo primero . Autorízase al Gobierno para que, por conducto del Ministerio de Agricultura, traspase gratuitamente al Departamento de Boyacá la finca denominada "San José", ubicada en la vereda del Volcán, en jurisdicción del Municipio de Paipa, que la Nación adquirió conforme a la escritura pública número 678 de 26 de abril de 1937, otorgada ante el Notario Tercero de Bogotá.

Artículo 2

Artículo segundo . Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas