Micelio

decreto 1274 de 1974

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el Director General de Impuestos Nacionales le dirigió una nota interna

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los Decretos 2400 y 3074 de 1968 y el reglamentario 1950 de 1973, CONSIDERANDO: Que al doctor José Antonio Castellanos Poveda, se le imputo por parte del contribuyente Alfonso González Meló, con cédula de ciudadanía número 8619 de Bogotá, haberse excedido en sus funciones como Jefe de la Sección de Liquidación de Impuestos sobre la Renta de la Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, cuando le citó por medio de Agentes del DAS, para que ate

Considerando · 6 motivos

Que al doctor José Antonio Castellanos Poveda, se le imputo por parte del contribuyente Alfonso González Meló, con cédula de ciudadanía número 8619 de Bogotá, haberse excedido en sus funciones como Jefe de la Sección de Liquidación de Impuestos sobre la Renta de la Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, cuando le citó por medio de Agentes del DAS, para que atendiera a un requerimiento de carácter tributario, violando así el procedimiento ordenado por el Decreto 1651 de 1961, artículo 76;

Que esta irregularidad la ha cometido el funcionario en varias oportunidades, según consta, en oficios dirigidos por él, al Inspector de Seguridad -DAS- (Comisión Minhacienda);

Que en base a ello el Director General de Impuestos Nacionales le dirigió una nota interna con fecha febrero 20 de 1974, solicitándole explicaciones sobre las imputaciones que se le hacían, adjuntándole la documentación correspondiente;

Que hasta la fecha el interesado no ha dado ninguna explicación que permita exonerarle de responsabilidad precluyendo así los términos legales;

Que de este negocio conoció la Comisión de Personal en su reunión de junio 27 de 1974, según consta en Acta número 7, encontrando que al violarse el Decreto 1651 do 1961, se infringió así mismo el artículo 6º del Decreto 2400 de 1968, por lo que conceptuó por unanimidad que el doctor José Antonio Castellanos Poveda, con cédula de ciudadanía número 123114 de Bogotá, Jefe de Sección VI-24 de la Sección de Liquidación de Impuesto sobre la Renta de la Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe ser destituido del cargo que viene desempeñando y ser inhabilitado para el desempeño de cargos públicos por el término de seis (6) meses;

Que en todo caso el Ministerio de Hacienda y Crédito Público cumplió en el caso del doctor José Antonio Castellanos Poveda con el trámite legal ordenado en el Capítulo VII, del artículo 149 y siguientes del Decreto 1950 de 1973 y acogiéndose el concepto de la Comisión de Personal, se;

Artículo 1Destituir Al Doctor José Antonio Castellanos Poveda, Jefe De Sección Vi-24 De La Sección De Liquidación De Impuesto Sobre La Renta De La Administración De Impuestos Nacionales De Bogotá, De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público

º Destituir al doctor José Antonio Castellanos Poveda, Jefe de Sección VI-24 de la Sección de Liquidación de Impuesto sobre la Renta de la Administración de impuestos Nacionales de Bogotá, de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 2El Doctor José Antonio Castellanos Poveda, Quedará Inhabilitado Para El Desempeño De Cargos Públicos Por Un Término De Seis (8) Meses

º El doctor José Antonio Castellanos Poveda, quedará inhabilitado para el desempeño de cargos públicos por un término de seis (8) meses. Decreto 1950 de 1973, artículo 160.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Notifíquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República