El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987
Artículo 1º A Partir Del 1º De Enero De 1988, Fíjase La Siguiente Escala De Remuneración Para El Personal Directivo De La Compañía De Fomento Cinematográfico -Focine-: Cargo Grado Asignacion Basica Gerente 03 $ 271
º A partir del 1º de enero de 1988, fíjase la siguiente escala de remuneración para el personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -FOCINE-: CARGO GRADO ASIGNACION BASICA Gerente 03 $ 271.700 Subgerente 05 187.900 Secretario General 06 187.900
Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto - Ley 624 De 1987 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1988
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto - ley 624 de 1987 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1988.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comunicaciones
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil