Artículo 1Los Sueldos, Aportes Y Demás Gastos De Las Auditorías Fiscales Que Actualmente Funcionan En Las Intendencias Y Comisarías, Serán Pagados Directamente Por La Contraloría General De La República, Con Cargo A Su Presupuesto
° Los sueldos, aportes y demás gastos de las Auditorías Fiscales que actualmente funcionan en las Intendencias y Comisarías, serán pagados directamente por la Contraloría General de la República, con cargo a su presupuesto.
Artículo 2Este Decreto Comenzará A Regir El Primero De Abril Del Presente Año, Fecha Desde La Cual Quedan Suspendidas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
° Este Decreto comenzará a regir el primero de abril del presente año, fecha desde la cual quedan suspendidas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Justicia
Evaristo Sourdisencargado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro de Obras Públicas