Artículo 1Mientras Los Alumnos Destinados A La Escuela Anexa De Agricultura, En Tierra Caliente, Permanezcan En El Instituto Nacional De Agricultura Y Veterinaria, Créanse Los Puestos De Pasante Y Bedel
°. Mientras los alumnos destinados a la Escuela Anexa de Agricultura, en tierra caliente, permanezcan en el Instituto Nacional de Agricultura y Veterinaria, créanse los puestos de Pasante y Bedel.
Artículo 2Nombrase Para Desempeñar Dichos Puestos A Los Señores Jesús Matéus Y Guillermo García B
° Nombrase para desempeñar dichos puestos a los señores Jesús Matéus y Guillermo García B., respectivamente, con la asignación mensual de veinte pesos ($ 20) oro cada uno. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Comercio