en uso de sus facultades legales
Artículo 1Con Efectividad Desde El 16 De Noviembre En Curso, Se Crean En El Fondo Rotatorio De Fomento Económico Del Ministerio De Agricultura Y Ganadería Un Cargo De Visitador De Trabajos Revisor De Cuentas Con Asignación Mensual De $ 350, Y Un Cargo De Mecanotaquígrafa, Con Asignación Mensual De $ 200
° Con efectividad desde el 16 de noviembre en curso, se crean en el Fondo Rotatorio de Fomento Económico del Ministerio de Agricultura y Ganadería un cargo de Visitador de Trabajos Revisor de Cuentas con asignación mensual de $ 350, y un cargo de Mecanotaquígrafa, con asignación mensual de $ 200.
Artículo 2Con La Misma Efectividad Señalada En El Artículo Anterior, Nombrase Al Señor Eduardo Alcalá Velasquez Como Visitador De Trabajos Revisor De Cuentas, En El Fondo Rotatorio De Fomento Económico
° Con la misma efectividad señalada en el artículo anterior, nombrase al señor Eduardo Alcalá Velasquez como Visitador de Trabajos Revisor de Cuentas, en el Fondo Rotatorio de Fomento Económico.
Artículo 3Al Gasto Que Ocasione Este Decreto Se Atenderá Con Dineros Del Fondo Rotatorio De Fomento Económico, Creado Por El Decreto Extraordinario Número 1157 De 1940, Y En Consecuencia No Afecta Las Apropiaciones Del Presupuesto Nacional
° Al gasto que ocasione este Decreto se atenderá con dineros del Fondo Rotatorio de Fomento Económico, creado por el Decreto extraordinario número 1157 de 1940, y en consecuencia no afecta las apropiaciones del Presupuesto Nacional. Comuníquese y publíquese.