El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales y especialmente de la autorización que le confiere el Decreto-ley número 1928 de 1951
Artículo 1
Artículo único . Las asignaciones del personal de la Oficina de Planificación, serán las siguientes: 1 1 2 1 2 Director con sueldo de. Secretario con sueldo de Secretarios Economistas con sueldo cada uno de Mecanotaquígrafa inglés-español, con sueldo de Mecanotaquígrafas, cada una con sueldo de $ 2.000.00 1.000.00 800.00 500.00 250.00 Mensuales " " " " Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público