en uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 43 del Decreto-ley 1650 de 1977
Artículo 1
Apruébase el Acuerdo número 04 de1ºde diciembre de 1981, expedido por el Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 04 DE 1981
(diciembre1º)
por el cual se aprueba una extensión de cobertura y se crea una Unidad Programática de Naturaleza Especial en el Municipio de Leticia, Intendencia, del Amazonas.
El Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, en uso de sus facultades legales y en especial las conferida por el artículo 43, literales a) y c) del Decreto-ley 1650 de 1977, y
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora del Instituto de Seguros, Sociales por medio del Acuerdo número 196 de noviembre 24 de 1981, aprobó la extensión y creación de una
Que el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Seguros de Salud, expresaron concepto favorable del proyecto
ACUERDA:
Artículo 43, Literales A) Y C) Del Decreto-Ley 1650 De 1977, Y Considerando: Que La Junta Administradora Del Instituto De Seguros, Sociales Por Medio Del Acuerdo Número 196 De Noviembre 24 De 1981, Aprobó La Extensión Y Creación De Una
Artículo primero . Apruébase el Acuerdo número 04 de1º de diciembre de 1981, expedido por el Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, cuyo texto es el siguiente: « ACUERDO NUMERO 04 DE 1981 (diciembre 1º) por el cual se aprueba una extensión de cobertura y se crea una Unidad Programática de Naturaleza Especial en el Municipio de Leticia, Intendencia, del Amazonas. El Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, en uso de sus facultades legales y en especial las conferida por el artículo 43, literales a) y c) del Decreto-ley 1650 de 1977, y CONSIDERANDO: Que la Junta Administradora del Instituto de Seguros, Sociales por medio del Acuerdo número 196 de noviembre 24 de 1981, aprobó la extensión y creación de una . Unidad Programática de Naturaleza Especial en el Municipio de Leticia, Intendencia del Amazonas; Que el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Seguros de Salud, expresaron concepto favorable del proyecto ACUERDA:
Artículo 2
Artículo primero. Aprobar la extensión de cobertura de Instituto de Seguros Sociales al Municipio de Leticia, capital de la Intendencia del Amazonas, dentro del esquema de Medicina Familiar.
Artículo 3
Articulo segundo. Crear una Unidad Programática de Naturaleza Especial con sede en la ciudad de Leticia, capital de la Intendencia del Amazonas.
Artículo 43Del Decreto-Ley 1650 De 1977, El Presente Acuerdo Requiere Para Su Validez, La Aprobación Del Gobierno Nacional Comuníquese Y Cúmplase
Artículo tercero. En cumplimiento del último inciso de artículo 43 del Decreto-ley 1650 de 1977, el presente Acuerdo requiere para su validez, la aprobación del Gobierno Nacional Comuníquese y cúmplase.
Artículo 5
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquesey comunícase.