en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Fondo de Inmuebles Nacionales recibirá de la Administración Postal Nacional el valor de $ 3.550.000.00, (tres millones quinientos cincuentamilpesos moneda corriente)
Considerando · 3 motivos
Que el Fondo de Inmuebles Nacionales recibirá de la Administración Postal Nacional el valor de $ 3.550.000.00, (tres millones quinientos cincuentamilpesos moneda corriente);
Que por tratarse de fondos con destinación específica, se debe incorporar al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la actual vigencia.
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios.
Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo De Inmuebles Nacionales De La Vigencia Fiscal De
º. Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de . 1981, en la cantidad de $ 3.550.000.00 (tres millones quinientos cincuenta mil pesos moneda corriente), de acuerdo con el siguiente detalle: PRESUPUESTO DE INGRESOS OTROS RECURSOS Numeral 10. Transferencia de la Administración Postal Nacional. $ 3.550.000.00 Suma el recurso $ 3.550.000.00
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Se Abren Unos Créditos Y Se Adiciona El Presupuesto De Gastos Del Fondo De Inmuebles Nacionales Para La Vigencia Fiscal De 1981, En La Suma, De $ 3
°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, se abren unos créditos y se adiciona el Presupuesto de Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1981, en la suma, de $ 3.550.000 (tres millones quinientos cincuenta mil pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS INVERSION DIRECTA PROGRAMA 01 Artículo
Reconstrucción de inmuebles nacionales $ 3.550.000.00 Proyecto
Edificio nacional de Manizales. 1.550.000.00 Proyecto 111. Edificio nacional de Quibdo. 2.000.000.00 Total Programa 01 : 3.550.000.00 Total Presupuesto de Gastos $ 3.550.000.00
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y . publíquese.