Micelio

decreto 1733 de 1955

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Artículo 1De La Ley 108 De 1940, Para El Uso Exclusivo De Ampliar La Cárcel Modelo De La Ciudad De Barranquilla

Artículo primero. Modificase el Decreto legislativo número 3098 del 26 de noviembre de 1953, en el sentido de que la Nación cede al Departamento del Atlántico el lote de terreno que estipula el artículo 1° de la Ley 108 de 1940, para el uso exclusivo de ampliar la Cárcel Modelo de la ciudad de Barranquilla.

Artículo 2

Artículo segundo. El Ministerio de Justicia, en coordinación con el Gobierno Departamental del Atlántico, procederá a tomar posesión del lote de que se trata y a iniciar la ampliación y reforma de la Cárcel Modelo de la ciudad de Barranquilla.

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas