Micelio

decreto 3601 de 1954

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que corresponde al Departamento Administrativo Nacional de Estadística la orientación y ejecución de los censos económicos y demás investigaciones similares

Considerando · 2 motivos

Que corresponde al Departamento Administrativo Nacional de Estadística la orientación y ejecución de los censos económicos y demás investigaciones similares;

Que durante el año de 1955 el Departamento Administrativo Nacional de Estadística llevará a cabo la ejecución del Primer Censo Nacional de Comercio y Servicios;

Artículo 1Con El Fin De Llevar A Cabo La Ejecución Del Primer Censo Nacional De Comercio Y Servicios, Créanse En El Departamento Administrativo Nacional De Estadística, A Partir Del 1° De Enero De 1955, Los Siguientes Cargos Con Las Asignaciones Que En Seguida Se Expresan: 2 Visitadores Generales, A $ 850

° Con el fin de llevar a cabo la ejecución del Primer Censo Nacional de Comercio y Servicios, créanse en el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, a partir del 1° de enero de 1955, los siguientes cargos con las asignaciones que en seguida se expresan: 2 Visitadores Generales, a $ 850.00 mensuales cada uno $ 1.700.00 5 Oficiales Mayores, a $ 500.00 mensuales cada uno 2.500.00 4 Mecanógrafas, a $ 300.00 mensuales cada una 1.200.00 2 Mensajeros, a $ 200.00 mensuales cada uno 400.00 5 Visitadores Auxiliares de categoría, a $ 500.00 mensuales cada uno 2.500.00 55 Visitadores Auxiliares de 2ª categoría, a $ 430.00 mensuales cada uno 23.650.00 35 Codificadores, a $ 400.00 mensuales cada uno 14.000.00 2 Operadores de Tabulación, a $ 500.00 mensuales cada uno 1.000.00 2 Ayudantes Segundos de Perforación, a $ 350.00 mensuales cada uno 700.00 3 Ayudantes Cuartos de Perforación, a $ 300.00 mensuales cada uno 900.00

Artículo 2Delégase En El Jefe Del Departamento Administrativo Nacional De Estadística La Facultad De Proveer, Por Medio De Resoluciones Los Cargos Creados En El Presente Decreto

Delégase en el Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística la facultad de proveer, por medio de resoluciones los cargos creados en el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística