Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1972, Con La Cantidad De Dos Millones Trescientos Sesenta Y Cuatro Mil Treinta Y Ocho Pesos ($ 2
° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de dos millones trescientos sesenta y cuatro mil treinta y ocho pesos ($ 2.364.038.00) moneda legal, que, con base en el certificado de Disponibilidad número 10 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos Recursos de Capital. CAPITULO XV Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 166. Superávit fiscal de 1971 $ 2.364.038 Suma el recurso $ 2.364.038
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. Presupuesto de Funcionamiento. Congreso Nacional. CAPITULO 001 Congreso Nacional. Programa 003. Pago de Vigencias Expiradas. Artículo 0040-A. Dietas y gastos de representación de la Cámara de Representantes en la vigencia de 1971 $ 108.243 Ministerio de Salud Pública CAPITULO 231 Ministerio de Salud Pública. Programa 251. Dirección Superior. 101 111 103 Artículo 2301. Sueldos del personal de nómina 323.190 102 111 117 Artículo 2304. Prima de Navidad 45.250 102 111 120 Artículo 2305. Prima Técnica 162.965 Programa 252. Atención Médica. Subprograma
Administración. 102 351 117 Artículo 2322. Prima de Navidad 26.150 102 351 120 Artículo 2323. Prima Técnica 325.675 Programa 254. Saneamiento Ambiental. 101 355 103 Artículo 2471. Sueldos del personal de nómina 37.530 102 355 117 Artículo 2472. Prima de Navidad 15.000 102 355 120 Artículo 2473. Prima Técnica 71.365 Programa 255. Servicios Administrativos. 101 351 103 Artículo 2486. Sueldos del personal de nómina 453.670 102 351 117 Artículo 2487. Prima de Navidad 45.000 Programa 256. Aportes para el Desarrollo Regional a Instituciones de Asistencia Social. 203 336 412 Artículo 2499. Departamento de Antioquia 400.000 Ordinal
Medellín: Asociación Antioqueña del Voluntariado $ 400.000 Ministerio de Educación Nacional CAPITULO 281 Ministerio de Educación Nacional. Programa 326. Aporte a los Establecimientos Públicos del Sector Educativo. 203 314 412 Artículo 3346. Universidad del Valle 350.000 Suman los créditos $ 2.364.038
Artículo 3Se Aclara El Decreto Número 1217 De 1972 En El Sentido De Que El Ordinal Correspondiente Al Artículo 3471 Para El Instituto De Pedagogía Autoactiva De Grupos (Ipag) Es El Número 239 Y No 238 Como Allí Aparece
° Se aclara el Decreto número 1217 de 1972 en el sentido de que el ordinal correspondiente al artículo 3471 para el Instituto de Pedagogía Autoactiva de Grupos (IPAG) es el número 239 y no 238 como allí aparece.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.