Micelio

decreto 1729 de 1956

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Artículo 1Del Reto Ley Número 1894 De 1953

Artículo primero. Corresponderá al Gerente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, en sustitución del Gerente del Instituto de Colonización e Inmigración, el encargo de liquidar el antiguo Instituto de Parcelaciones, colonización y Defensa Forestal, llevando a término firmar las operaciones pendientes de que trata el artículo 1° del reto ley número 1894 de 1953.

Artículo 2Decreto 461 De 1956

Artículo segundo. El artículo séptimo del Decreto-ley número 461 de 1956 quedará así: "Las escrituras de traspaso a la caja de inmuebles de propiedad del Instituto o del antiguo Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa, Forestal serán suscritas por el Ministerio de Hacienda en representación del Gobierno y de dichas entidades".

Artículo 3Decreto 2114 De 1956 Modificado Artículo 4 Decreto 2114 De 1957

Artículo tercero. A1 efectuarse la liquidación del Instituto de Colonización e Inmigración se traspasarán al Instituto de Crédito Territorial los haberes del Gobierno en la Sociedad "Fibras del Carare".

Artículo 4

Artículo cuarta. Este Decreto suspende las disposiciones que se sean contrarias, y regirá desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas