en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO, que el Consejo de Ministros en su sesión del día 17, de diciembre del año en curso , autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva
Artículo 1
º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO21 Del artículo 208. Para sueldos del personal del Ministerio y Comisión Asesora de Relaciones Exteriores en el año $ 6.860.00 CAPITULO 23 Del artículo 221. Para sueldos del personal consular 1.297.54 Suman los contracréditos $ 8.157.54 CAPITULO 211 Al artículo 211. Para compra de libros con destino a la biblioteca del Ministerio, gastos de publicación del Boletín , suscripción y compra de revistas y periódicos, en el año $ 3.000.00 CAPITULO 22 Al artículo 219. Para atender al pago de arrendamiento de edificios al servicio de las Embajadas y Delegaciones de Colombia en el Exterior, en el año 3.157.54 CAPITULO 25 Al artículo 255. Para atender a la repatriación de colombianos pobres 2.000.00 Suman los créditos $ 8.157.54
Artículo 2
°. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.