Micelio

decreto 95 de 1959

4 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 1718 de 1958 se creó una comisión Ministerial encargada de la preparación y ejecución del plan de rehabilitación en las zonas afectadas por la violencia

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto número 1718 de 1958 se creó una comisión Ministerial encargada de la preparación y ejecución del plan de rehabilitación en las zonas afectadas por la violencia;

Que el artículo 4° del Decreto 323 de 1958 facultó a la Comisión Especial para crear los cargos y fijar las asignaciones del personal necesario para los fines que le son propios, y;

Que la Comisión Especial de Rehabilitación, en sesión correspondiente al 8 de enero del presente año, como consta en Acta número 20, estimó necesario la creación del cargo de Segundo Secretario de la Oficina del Coordinador de la Comisión Especial de Rehabilitación, con una asignación mensual de novecientos pesos moneda corriente ($900.00), acogiendo el nombre de la señora María Esther Arango de Salinas para desempeñarlo, suprimiendo al mismo tiempo el cargo de Estenógrafa de la Oficina del Coordinador, que se había creado por Decreto número 2503 de 2 de diciembre de 1958;

Artículo 1Créase El Cargo De Segundo Secretario De La Oficina Del Coordinador De La Comisión Especial De Rehabilitación, Con Una Asignación Mensual De Novecientos Pesos Moneda Corriente ($900

° Créase el cargo de Segundo Secretario de la Oficina del Coordinador de la Comisión Especial de Rehabilitación, con una asignación mensual de novecientos pesos moneda corriente ($900.00).

Artículo 2Suprimese El Cargo De Estenógrafa De La Oficina Del Coordinador De La Comisión Especial De Rehabilitación Que Fue Creado Por Decreto Número 2503 De 2 De Diciembre De 1958

° Suprimese el cargo de estenógrafa de la Oficina del Coordinador de la Comisión Especial de Rehabilitación que fue creado por decreto número 2503 de 2 de diciembre de 1958.

Artículo 3Nómbrase Segundo Secretario De Oficina Del Coordinador De La Comisión Especial De Rehabilitación, A La Señora María Esther Arango De Salinas

° Nómbrase Segundo Secretario de Oficina del Coordinador de la Comisión Especial de Rehabilitación, a la señora María Esther Arango de Salinas.

Artículo 4Este Decreto Tendrá Efectos A Partir Del 1° De Enero Del Presente Año

° Este Decreto tendrá efectos a partir del 1° de enero del presente año. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno