Micelio

decreto 2931 de 1963

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 1963, y CONSIDERANDO: Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963 facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado

Considerando · 5 motivos

Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963 facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado;

Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963, (Ministerio de Gobierno), por $ 546.300.00;

Que conforme a lo dispuesto en los artículos 92 y 1° de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 52 de 1963, por $ 546.300.00.

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y;

Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Funcionamiento

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963: Presupuesto de funcionamiento. Ministerio de Gobierno Contracréditos I - Gastos Directos del Ministerio. B) - Rama Técnica. CAPITULO 0105 División de Acción Comunal Subprograma 2. Adiestramiento e investigaciones Transferencias 204-431. Artículo 01076. Investigaciones sociales en colaboración con la Facultad de Sociología de la Universidad Nacional $ 165.170 CAPITULO 0107 Registraduria Nacional del Estado Civil. Programa I Cedulación Servicios personales 102-116. Artículo 01101. Prima de Navidad 100.000 Gastos generales 106-116. Artículo 01105. Viáticos y gastos de viaje 147.000 106-116. Artículo 01112. Pago a los fotógrafos, a $ 1.20 por cada juego 83.000 II - Financiamiento CAPITULO 0111 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa II Calamidades públicas Transferencias 205-540. Artículo 01143. Calamidades públicas $ 51.130 Suman los contracréditos $ 546.300 Créditos Ministerio de Gobierno I - Gastos directos del Ministerio A - Dirección del Ministerio CAPITULO 0101 Gabinete del Ministro Servicios personales 101-111. Artículo 01004. Indemnización por vacaciones $ 6.500 Gastos generales 106-111. Artículo 01007. Viáticos y gastos de viaje 20.000 CAPITULO 0102 Secretaria General Servicios personales 102-111. Artículo 01014. Indemnización por vacaciones 700 CAPITULO 0103 Oficina Jurídica Programa I Asesoría Legal Servicios personales 102-111. Artículo 01024. Indemnización por vacaciones 3.000 B) - Rama Técnica CAPITULO 0104 División de Territorios Nacionales Servicios personales 102-111. Artículo 01045. Indemnización por vacaciones 1.500 Gastos generales 105-111. Artículo 01047. Compra de equipo 55.000 106-111. Artículo 01050. Servicios públicos 5.000 105-111. Artículo 01051. Mantenimiento y aseguros 1.500 CAPITULO 0105 División de Acción Comunal Programa I Planeación y Coordinación Servicios personales 102-431. Artículo 01056. Indemnización por vacaciones 2.000 Gastos generales 105-431. Artículo 01062. Mantenimiento y aseguros 3.000 Programa II Acción Comunal Regional Gastos generales 106-431. Artículo 01068. Materiales y suministros 15.000 106-431. Artículo 01070. Viáticos y gastos de viaje 35.000 105-431. Artículo 01072. Mantenimiento y aseguros 13.000 CAPITULO 0106 División de Asuntos Indígenas Programa I Administración de la División Transferencias 205-317. Artículo 01088. Aporte al Instituto Indigenista Americano 51.000 Programa II Asistencia y Protección Indígena Gastos generales 105-320. Artículo 01098. Mantenimiento y aseguros $ 15.000 CAPITULO 0107 Registraduria Nacional del Estado Civil. Cedulación Gastos generales 106-116. Artículo 01103. Materiales y suministros 200.000 106-116. Artículo 01106. Servicios de comunicaciones 12.000 106-116. Artículo 01107. Servicios públicos 35.000 105-116. Artículo 01108. Mantenimiento y aseguros 50.000 106-116. Artículo 01110. Arrendamientos 33.000 C) -Rama Administrativa CAPITULO 0108 División Administrativa y Sección de Personal Servicios personales 102-111. Artículo 01116. Indemnización por vacaciones 600 CAPITULO 0109 División de Presupuesto Servicios personales 102-111. Artículo 01125. Indemnización por vacaciones 1.500 CAPITULO 0110 División de Servicios Generales Servicios personales 102-111. Artículo 01134. Indemnización por vacaciones 2.000 Gastos generales 106-111. Artículo 01141. Gastos varios e imprevistos 3.000 Suman los créditos $ 546.300

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público