Micelio

decreto 1432 de 1972

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1972, Con La Cantidad De Cuatro Millones Doscientos Ochenta Y Seis Mil Diez Y Ocho Pesos Con Treinta Y Siete Centavos ($ 4

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de cuatro millones doscientos ochenta y seis mil diez y ocho pesos con treinta y siete centavos ($ 4.286.018.37), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 16 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos. Capítulo XV. Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 170. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia de 1970, con base en recursos ordinarios $ 4.286.018.37 Suma el recurso $ 4.286.018.37

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguiente Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972: Presupuesto De Funcionamiento

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguiente créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972: Presupuesto de Funcionamiento. Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Capítulo 021. Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Programa 029. Pago de pasivos exigibles. (Recursos ordinarios). Artículo 0296. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia de 1970, de conformidad con Certificado de Disponibilidad número 16 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 19.325.00 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Capítulo 141. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 171. Pago de pasivos exigibles. (Recursos ordinarios). Artículo 1554. Para pagar Compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 16 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 185.272.37 Ministerio de Minas y Petróleos. Capítulo 271. Ministerio de Minas y Petróleos. Programa 295. Pago de pasivos exigibles. (Recursos ordinarios). Artículo 2972. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 16 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 38.367.96 Presupuesto de Inversión. Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Capítulo 505. Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Programa 506. Pago de pasivos exigibles. (Recursos ordinarios). Artículo 5057. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de 1a cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de 1a Vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 16 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 40.314.64 Departamento Administrativo de Seguridad. Capítulo 515. Departamento Administrativo de Seguridad. Programa 518. Pago de pasivos exigibles. (Recursos ordinarios). Artículo 5153. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 16 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 4.000.000.00 Ministerio de Minas y Petróleos . Capítulo 670. Ministerio de Minas y Petróleos. Programa 677 Pago de pasivos exigibles. (Recursos ordinarios). Artículo 6737. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 16 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 2.738.40 Suman los Créditos $ 4.286.018.37

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público