Artículo 1A Partir Del 15 De Junio Del Presente Año, Auméntase Cuatro Pesos Con Treinta V Cinco Centavos ($ 4
° A partir del 15 de junio del presente año, auméntase cuatro pesos con treinta v cinco centavos ($ 4.35) por cada trabajador, la Cuota Patronal para el Fondo del Transporte de Barranquilla, establecida por el artículo 11 del Decreto número 2066 de 1959.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.