El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940
Artículo 1
°. Apruébase el Acuerdo número 4 de 1991 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: >
Artículo 2
°. Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940
El Ministro de Hacienda Y Crédito Público