En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: 1°. Que el Gobierno, a pesar de la difícil situación en que se encuentra el país con motivo de la reciente conmoción interna, ha aceptado la invitación que se ha servido hacerle el Gobierno de los Estados Unidos de América para que la República concurra oficialmente a la Exposición Universal que se celebrará en la ciudad de San Luis, en el año de 1904, con motivo de la celebración del centésimo aniversario de la compra del territorio de Luisiana por los Estados Unidos
Considerando · 2 motivos
Que el Gobierno, a pesar de la difícil situación en que se encuentra el país con motivo de la reciente conmoción interna, ha aceptado la invitación que se ha servido hacerle el Gobierno de los Estados Unidos de América para que la República concurra oficialmente a la Exposición Universal que se celebrará en la ciudad de San Luis, en el año de 1904, con motivo de la celebración del centésimo aniversario de la compra del territorio de Luisiana por los Estados Unidos; 2°.
Que de la concurrencia de la República en la Exposición de que se trata derivará el país verdaderas ventajas, al hacer conocer en el Exterior los productos de su suelo, su industria y sus manufacturas;
Artículo 1
Art. 1°. Créase una Comisión compuesta de tres miembros, de libre nombramiento del Gobierno, que se denominará Comisión de la Exposición de San Luis, con el objeto de que verifique todos los trabajos preparatorios para reunir, empacar y pagar los productos de todo género que deban ser presentados a la Exposición.
Artículo 2
Art. 2°. El destino de miembro de la Comisión de que trata el precedente artículo es ad honorem.
Artículo 3
Art. 3°. Queda facultada la Comisión demás empleados que necesite para sus trabajos. Los sueldos de estos serán fijados oportunamente por el Gobierno.
Artículo 4
Art. 4°. La Comisión dará principio a sus trabajos por la formación del Reglamento de sus funciones, el cual, después de ser adoptado por ella, será sometido a la aprobación del Gobierno, para su validez.
Artículo 5
Art. 5°. Créase el empleo de Comisario de la Exposición de San Luis, con el objeto de que reciba de la Comisión, por inventario, los objetos que deban ser exhibidos, los lleve hasta la ciudad de San Luis y los entregue en la Exposición, a nombre del Gobierno, al encargado de recibirlos.
Artículo 6
Art. 6°. El Comisario formará parte de la Comisión para los efectos de reunir, empacar, etc., los objetos de que se trata; e intervendrá en la Exposición en todo lo que se relacione con la exhibición de los productos colombianos.
Artículo 7
Art. 7°. Por Decreto separado se señalara la partida necesaria para dar cumplimiento a las disposiciones del presente Decreto, se fijará el sueldo del Comisario y se harán los nombramientos del caso. Comuníquese y publíquese.