Artículo 1Apruébanse Las Resoluciones Dictadas Por Los Señores Administradores De Las Aduanas De Santa Marta, Cartagena Y Ríohacha: Resolución Número 24, De Marzo De 1926: Adscríbense Al Señor Administrador De La Aduana De Santa Marta, Interinamente, Las Funciones Del Cajero De La Misma
º Apruébanse las Resoluciones dictadas por los señores Administradores de las Aduanas de Santa Marta, Cartagena y Ríohacha: Resolución número 24, de marzo de 1926: Adscríbense al señor Administrador de la Aduana de Santa Marta, interinamente, las funciones del Cajero de la misma. Resolución número 310, de mayo 6 de 1926: El Liquidador señor Arturo Vanegas, actuará en la Sección de la Machina, con el carácter de Jefe del Reconocimiento, y en ausencia del Administrador Delegado, ejercerá las funciones de este empleado. Resolución número 32, de marzo 3 de 1926: El Guardalmacén de la Aduana de Ríohacha, debe prestar una caución de quinientos pesos ($ 500), la cual será presentada en escritura pública por dos personas que reúnan las condiciones que exige el artículo 2376 del Código Civil y que renuncien el beneficio de excusión. Comuníquese y publíquese.