El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confiere las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940.
Artículo 1
º. Apruébase el Acuerdo número 1 de 1991 del Comité de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: > .
Artículo 2
º. Este Decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940
El Ministro de Hacienda y Crédito Público