Micelio

decreto 2588 de 1975

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por medio de la Resolución número 12313 de 1975, declaró sobrante la cantidad de $ 3.250.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto:;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 91 de 1975 por $ 3.250.000;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Trasladas En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975

° Hácense los siguientes trasladas en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. Contracréditos. PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 560 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 560. Construcción edificios y dotación. Inversión Directa. Recursos Ordinarios . 568 443 Artículo 5604. Al Fondo Rotatorio de la Dirección General de Aduanas, para adquisición de equipo $ 2.000.000 Proyecto 2. Adquisición y dotación de vehículos camperos $ 2.000.00 Recursos del Crédito Interno. Bonos de Desarrollo Económico 568 443. Artículo 5608. Adquisición de equipo para aduanas 1.250.000 Proyecto 2. Adquisición y dotación de vehículos camperos $ 1.250.000 Suman los contracréditos $ 3.250.000 2.000.000 Créditos PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 560 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 560. Construcción edificios y dotación. Inversión Directa. Recursos Ordinarios. 563 443 Artículo 5604. Al Fondo Rotatorio de la Dirección General de Aduanas, para adquisición de equipo 2.000.000 Proyecto 1. Adquisición y dotación de lanchas patrulleras $ 2.000.000 Suman los créditos $ 3.250.000 Recursos del Crédito Interno. Bonos de Desarrollo Económico.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público