en uso de sus facultades legales:
Artículo 1
Artículo primero. Delégase a la Gobernación del Departamento de Santander para llevar a cabo la ejecución de las obras de construcción de la Universidad Industrial de Santander.
Artículo 2
Por el Departamento de Contabilidad, Control y Administración del Ministerio de Educación Nacional, se girará a la Gobernación del Departamento de Santander la suma de $ 300.000.00; apropiada en el Capítulo 105, artículo 1756 del Presupuesto Nacional vigente, en contados equivalentes al presupuesto mensual de gastos e inversiones,
Artículo 1756Del Presupuesto Nacional Vigente, En Contados Equivalentes Al Presupuesto Mensual De Gastos E Inversiones, Comuníquese Y Publíquese
Artículo segundo. Por el Departamento de Contabilidad, Control y Administración del Ministerio de Educación Nacional, se girará a la Gobernación del Departamento de Santander la suma de $ 300.000.00; apropiada en el Capítulo 105, artículo 1756 del Presupuesto Nacional vigente, en contados equivalentes al presupuesto mensual de gastos e inversiones, Comuníquese y publíquese.