Artículo 1
º . Aclárase el Decreto 910 de 31 de marzo de 1982, en el sentido de expresar que la Ley que por el mencionado Decreto se reglamenta es la número 14 de 1982 y no la número 11 como allí se expresa.
Artículo 2
º . Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de Sus atribuciones legales
El Ministro de Salud