Artículo 1
Artículo único, Reclasifícase el cargo de Secretario Auxiliar II-6 de la Secretaria General de la Cancillería, por el de Recepcionista III-6. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Publico
Aurelio Camacho Ruedaencargado
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil