El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales
Artículo 1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Suprímese La Plaza De Oficial De Notificaciones Del Departamento De Correos, Con Asignación Mensual De $ 120-00
ARTICULO 1º. A partir de la fecha del presente Decreto, suprímese la plaza de Oficial de Notificaciones del Departamento de Correos, con asignación mensual de $ 120-00.
Artículo 2A Partir De La Misma Fecha, Créase La Plaza De Auxiliar De La Jefatura De La Sección Jurídica, Dependiente Del Mismo Departamento, Con Asignación Mensual De $ 120-00
ARTICULO 2º. A partir de la misma fecha, créase la plaza de Auxiliar de la Jefatura de la Sección Jurídica, dependiente del mismo Departamento, con asignación mensual de $ 120-00.
Artículo 3Para Proveer La Plaza Creada Por El Artículo Anterior, Nombrase Al Señor Jose Luis Chavarriaga Auxiliar De La Jefatura De La Sección Jurídica Del Ministerio
ARTICULO 3º. Para proveer la plaza creada por el artículo anterior, nombrase al señor Jose Luis Chavarriaga Auxiliar de la Jefatura de la Sección Jurídica del Ministerio.
Parágrafo
El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al Capítulo 65, artículo 486 del Presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos