El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades constitucionales y legales
Artículo 1Adscríbese Al Ministerio De Comunicaciones El Comité De Clasificación De Películas De Que Tratan Los Artículos 151 Y Siguientes Del Decreto-Ley 1355 De 1970
° Adscríbese al Ministerio de Comunicaciones el Comité de Clasificación de Películas de que tratan los artículos 151 y siguientes del Decreto-ley 1355 de 1970.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional, encargado
Irene Jara De Solórzanoencargado
El Ministro de Comunicaciones