en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 1685 de 1987 se delegaron, hasta el día 18 de septiembre del presente año, en el Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno, algunas funciones constitucionales
Considerando · 4 motivos
Que mediante Decreto 1685 de 1987 se delegaron, hasta el día 18 de septiembre del presente año, en el Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno, algunas funciones constitucionales;
Que el Presidente de la República ha venido desempeñando, en ejercicio del cargo, funciones constitucionales en territorio extranjero;
Que el Presidente, en desempeño de dichas funciones, ha considerado necesario prolongar por un breve término su permanencia en territorio extranjero;
Que en consecuencia es necesario prorrogar hasta el 20 de septiembre, inclusive, la delegación contemplada en el Decreto 1685 de 1987;
Artículo 1Prorrógase La Delegación De Funciones Constitucionales A Que Hace Referencia El Decreto 1685 De 1987, Hasta El Día 20 De Septiembre De 1987, Inclusive, En El Ministro De Relaciones Exteriores, Encargado De Las Funciones Del Despacho Del Ministro De Gobierno, Don Julio Londoño Paredes
°. Prorrógase la delegación de funciones constitucionales a que hace referencia el Decreto 1685 de 1987, hasta el día 20 de septiembre de 1987, inclusive, en el Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno, don Julio Londoño Paredes.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde Su Publicación
°. Este Decreto rige desde su publicación.